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Medi-Cal y hospicio
Medi-Cal cubre el hospicio. El beneficio es un reflejo del de Medicare: visitas de la enfermera y del equipo, medicamentos, equipo médico y suministros relacionados con la enfermedad terminal. Si tiene Medicare y Medi-Cal, Medicare paga primero el hospicio y Medi-Cal ayuda con lo que queda. Si está en un plan de atención administrada de Medi-Cal, el plan cubre el hospicio y puede tener que aprobarlo, así que consulte con el plan antes de que empiece la atención.
Revisado por nuestro director médico, 24 de septiembre de 2026
En esta página (7 secciones)
Qué cubre el hospicio de Medi-Cal
El hospicio de Medi-Cal es para personas con una enfermedad terminal cuando un médico certifica que la esperanza de vida es de seis meses o menos si la enfermedad sigue su curso habitual. Cubre los mismos tipos de atención que el hospicio de Medicare: enfermería, servicios médicos, visitas del auxiliar de hospicio, trabajo social, consejería, medicamentos para los síntomas, equipo médico y suministros, atención hospitalaria de corto plazo y atención de relevo, y apoyo en el duelo para la familia.
Los adultos que eligen el hospicio aceptan una atención centrada en el confort para la enfermedad terminal en lugar de un tratamiento destinado a curarla. Los niños y jóvenes menores de 21 años con Medi-Cal son un caso distinto: pueden recibir cuidados de hospicio y mantener el tratamiento de su enfermedad al mismo tiempo.
Elegir el hospicio es su decisión. Puede dejar el hospicio en cualquier momento y volver a su cobertura regular de Medi-Cal.
Cómo funciona según su tipo de cobertura
| Su cobertura | Quién paga el hospicio | Qué comprobar |
|---|---|---|
| Solo Medi-Cal, en un plan de atención administrada | Su plan de Medi-Cal | Si el hospicio tiene contrato con su plan y si el plan necesita aprobar el hospicio primero. Nosotros verificamos ambas cosas por usted antes de que empiece la atención. |
| Solo Medi-Cal, sin plan (pago por servicio) | Medi-Cal directamente | Que el hospicio sea proveedor de Medi-Cal. |
| Medicare y Medi-Cal juntos (a menudo llamado Medi-Medi o doble elegibilidad) | Medicare paga primero el hospicio. Medi-Cal actúa como segundo pagador. | Que el hospicio esté certificado por Medicare y sea proveedor de Medi-Cal. |
| Un plan Medicare Advantage o Medi-Medi | Cuando elige el hospicio, por lo general Medicare Original le paga al hospicio, aunque usted siga siendo miembro de su plan. El plan sigue cubriendo la atención no relacionada con la enfermedad terminal y cualquier beneficio adicional. | Llame al plan para que su gestor de atención lo sepa. Pregunte qué se mantiene igual. |
| Medi-Cal con parte del costo | Medi-Cal paga después de que se cubre la parte del costo mensual | Vea la sección sobre la parte del costo más abajo. |
Verificamos sus beneficios y le informamos sus costos antes de que empiece la atención. Vea cómo se paga la atención.
Planes de atención administrada
La mayoría de las personas con Medi-Cal están en un plan de atención administrada. El plan se elige según el condado, y las opciones difieren entre los condados de San Bernardino, Riverside, Los Ángeles y Orange. El hospicio es un beneficio cubierto en todos los planes de atención administrada de Medi-Cal. Un plan puede exigir que el hospicio esté en su red o que pida autorización, y las reglas federales y estatales esperan que los planes respondan con rapidez a las solicitudes de hospicio.
Usted sigue teniendo voz sobre qué hospicio usar. Si el hospicio que quiere no está en la red de su plan, pregunte al plan cuáles son sus opciones.
Alojamiento y comida en un centro de enfermería
La cobertura de hospicio paga los cuidados de hospicio. No paga un lugar donde vivir. Hay una excepción importante en Medi-Cal. Cuando una persona con Medi-Cal vive en un centro de enfermería y elige el hospicio, Medi-Cal sigue cubriendo el alojamiento y la comida del centro de enfermería. El pago se canaliza a través del hospicio, que se lo pasa al centro. La familia no debería recibir una factura nueva por este cambio, aparte de cualquier parte del costo que el residente ya le pague al centro.
Esto se aplica a los centros de enfermería. El Medi-Cal regular no paga el alojamiento y la comida en residencias asistidas ni en casas de cuidado (board-and-care). Vea hospicio en residencias asistidas.
Cuidados paliativos de Medi-Cal (SB 1004)
No todas las personas con una enfermedad grave están listas para el hospicio o son elegibles para él. Según una ley de California conocida como SB 1004, los planes de atención administrada de Medi-Cal deben ofrecer cuidados paliativos a los miembros que cumplen los criterios del plan. Estos suelen cubrir las etapas avanzadas de cáncer, insuficiencia cardíaca, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y enfermedad del hígado, y los planes pueden incluir otras afecciones.
Los cuidados paliativos de Medi-Cal se pueden dar junto con el tratamiento dirigido a la enfermedad. Por lo general incluyen planificación anticipada de la atención, ayuda con el dolor y los síntomas, un equipo de atención, coordinación de la atención y un número al que llamar. Se organizan a través de su plan, no a través del beneficio de hospicio.
Para preguntar por ellos, llame al número de servicios para miembros de su plan y pida una referencia a cuidados paliativos bajo la SB 1004, o pida a su médico que la solicite. Para saber en qué se diferencian los cuidados paliativos del hospicio, vea hospicio o cuidados paliativos y cuidados paliativos.
Cómo consultar con su plan
- Paso 1
Busque el nombre de su plan y su número de miembro
Están en la tarjeta de identificación de su plan. Su Tarjeta de Identificación de Beneficios (BIC) de Medi-Cal, blanca y azul, es una tarjeta distinta. Tenga ambas a la mano.
- Paso 2
Llame a servicios para miembros
El número está al reverso de la tarjeta del plan. Diga que el médico de la persona está recomendando el hospicio, o que quiere preguntar sobre el hospicio o los cuidados paliativos.
- Paso 3
Haga cuatro preguntas
¿Qué hospicios cerca de mí están en su red? ¿Necesitan aprobar el hospicio antes de que empiece, y cuánto tarda eso? ¿Tendré un gestor de atención? ¿Qué se mantiene igual en mis otros beneficios?
- Paso 4
Cuéntele al hospicio lo que averiguó
El hospicio confirma los beneficios por su parte y solicita cualquier autorización. Se le debe informar de cualquier costo antes de que empiece la atención.
- Paso 5
Si encuentra obstáculos
Pregunte al plan cómo presentar una queja urgente. También puede comunicarse con la Oficina del Ombudsman de Atención Administrada de Medi-Cal en el DHCS, o pedir ayuda a un trabajador social del hospicio.
Preguntas frecuentes
¿Medi-Cal cubre el hospicio en casa?
Sí. Medi-Cal cubre el hospicio donde quiera que viva la persona, incluidos una casa particular, un centro de enfermería o un RCFE (centro de atención residencial para personas mayores).
¿Pago algo por el hospicio con Medi-Cal?
A las personas con Medi-Cal de alcance completo y sin parte del costo por lo general no se les factura por los servicios de hospicio cubiertos. Si tiene una parte del costo, esta se aplica primero. Verificamos sus beneficios y le informamos sus costos antes de que empiece la atención.
Tengo Medicare y Medi-Cal. ¿Qué tarjeta uso?
Ambas. Medicare es el pagador principal del hospicio, y Medi-Cal es el segundo pagador. Entregue al hospicio todas sus tarjetas, incluida cualquier tarjeta de plan.
¿Pierdo mi plan de Medi-Cal si elijo el hospicio?
No. Usted sigue en su plan. Este continúa cubriendo la atención que no está relacionada con la enfermedad terminal.
¿Medi-Cal paga un cuidador en casa?
No a través del hospicio. Los Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS) son un programa distinto de Medi-Cal que puede pagar horas de cuidador a las personas que son elegibles. Las personas en hospicio también pueden tener IHSS. Solicítelo a través de su condado.
Todavía no tenemos Medi-Cal. ¿Es demasiado tarde?
No necesariamente. Las solicitudes se hacen a través de la oficina de servicios sociales de su condado o de Covered California. Un trabajador social del hospicio puede indicarle la oficina correcta. Vea cómo se paga la atención y ¿es el momento para el hospicio?.
Sobre esta página
- Escrito por
- Equipo de atención de Beta Hospice
- Revisión clínica de
- nuestro director médico
- Última revisión
- 24 de septiembre de 2026
- Próxima revisión
- 24 de marzo de 2027
Cómo escribimos y revisamos este sitio
Fuentes
- California Department of Health Care Services (DHCS) (en inglés) (se abre en una pestaña nueva)
- DHCS: Palliative care policies (SB 1004) (en inglés) (se abre en una pestaña nueva)
- Medicare.gov: Hospice care coverage (en inglés) (se abre en una pestaña nueva)
Estas fuentes respaldan la información general de esta página. Para la atención y la cobertura de una persona en particular, hable con el equipo de hospicio.
No tiene que decidir a solas.
Llame al (909) 347-7000 a cualquier hora, o déjenos su número y alguien del equipo de hospicio de Beta le llamará. No hace falta haber decidido nada para llamar. La mayoría de las familias empiezan con una pregunta. Si prefiere que le devolvamos la llamada en español, deje su número en este formulario: su solicitud nos llega marcada en español.
Solo un médico de hospicio, junto con el médico de la persona, puede confirmar la elegibilidad para el hospicio. Un sitio web no puede.
- Una enfermera atiende el teléfono las 24 horas, los 7 días de la semana
- Puede dejar el hospicio en cualquier momento
- Tiene derecho a elegir su hospicio
