Apoyo adicional mientras continúa el tratamiento

Cuidados paliativos en casa en San Bernardino y Riverside

Los cuidados paliativos son atención médica centrada en aliviar los síntomas y el estrés de una enfermedad grave, en cualquier etapa y junto con el tratamiento. En casa, en los condados de San Bernardino y Riverside, se pagan visita por visita a través de la Parte B de Medicare, de un beneficio de Medi-Cal bajo la ley SB 1004 o del programa de su plan de salud. Usted conserva a sus médicos y no necesita un pronóstico de seis meses.

Revisión médica de Oscar Chien, MD, director médico, 13 de octubre de 2026

Una profesional clínica muestra una tableta a una mujer mayor en su casa
En esta página (8 secciones)
  1. ¿Qué son los cuidados paliativos?
  2. ¿Quién puede recibir cuidados paliativos?
  3. ¿En qué se diferencian los cuidados paliativos del hospicio?
  4. ¿Quién paga los cuidados paliativos en California?
  5. ¿Cómo empieza una referencia a cuidados paliativos?
  6. ¿Cómo son las visitas de cuidados paliativos?
  7. ¿Cuándo los cuidados paliativos pasan a ser hospicio?
  8. Preguntas frecuentes sobre los cuidados paliativos

¿Qué son los cuidados paliativos?

Una enfermedad grave trae más que la enfermedad en sí. Hay dolor, falta de aire, náuseas, mal sueño, preocupación y un calendario lleno de citas con especialistas que miran cada uno un solo órgano. Los cuidados paliativos miran a la persona completa. Un profesional clínico de cuidados paliativos se toma el tiempo para controlar los síntomas, explicar qué es probable que haga la enfermedad y ayudarle a decidir qué tratamientos encajan con lo que importa para usted.

Los cuidados paliativos son una capa adicional. Su oncólogo, cardiólogo, neumólogo o médico de atención primaria sigue a cargo del tratamiento de la enfermedad. El equipo de cuidados paliativos comparte sus notas y recomendaciones con ellos.

¿Quién puede recibir cuidados paliativos?

Se basan en la necesidad, no en cuánto tiempo se espera que viva la persona. Pueden ayudar en cualquier etapa de un cáncer, una insuficiencia cardíaca, EPOC, una enfermedad renal o del hígado, demencia, derrame cerebral, ELA o enfermedad de Parkinson, cuando hay:

  • Dolor, falta de aire, náuseas, fatiga, ansiedad u otros síntomas que no están bien controlados
  • Dos o más hospitalizaciones o visitas a la sala de emergencias en los últimos meses
  • Efectos secundarios del tratamiento que hacen difícil continuar
  • Decisiones difíciles por delante sobre el tratamiento, y el deseo de entender las opciones
  • Un familiar cuidador que está al límite y no sabe qué esperar

¿En qué se diferencian los cuidados paliativos del hospicio?

Los cuidados paliativos comparados con el hospicio
Cuidados paliativosHospicio
Para quiénCualquier persona con una enfermedad grave y síntomas o estrés que necesitan atenciónPersonas con una enfermedad grave cuando un médico certifica que la expectativa de vida es de seis meses o menos si la enfermedad sigue su curso habitual
Cuándo empiezaEn cualquier etapa, incluso con el diagnósticoCuando la persona elige una atención centrada en el confort y se certifica que es elegible
Tratamiento de la enfermedadContinúaSe detiene. La atención se centra en el confort
DóndeEn casa, en clínica, en el hospital o en un centro, según el programaDondequiera que viva la persona, incluidos centros de enfermería, RCFE y casas de cuidado (board-and-care)

¿Quién paga los cuidados paliativos en California?

Los cuidados paliativos no son un único beneficio en paquete. Se pagan a través de las partes habituales de su cobertura.

Cómo pagan los cuidados paliativos los distintos tipos de cobertura en California
CoberturaCómo se cubren los cuidados paliativosLo que usted podría pagar
Medicare OriginalLas visitas con un médico o una enfermera practicante de cuidados paliativos, también en casa, están cubiertas por la Parte B como otras visitas médicasEl deducible de la Parte B y, por lo general, un coseguro del 20%, salvo que Medigap o Medi-Cal sea su cobertura secundaria
Atención administrada de Medi-CalSegún la ley SB 1004, todo plan de atención administrada de Medi-Cal debe ofrecer cuidados paliativos a los miembros con ciertas enfermedades avanzadas, incluidos cáncer, insuficiencia cardíaca, EPOC y enfermedad del hígado, que cumplen los criterios del plan: en general, una enfermedad avanzada con uso reciente o probable del hospital. En los condados de San Bernardino y Riverside, los planes de Medi-Cal son IEHP y Molina. Cada uno tiene su propio programa, así que pregunte a su plan cómo pedir una referenciaPor lo general nada más allá de cualquier parte del costo (share of cost) de Medi-Cal. El plan debe autorizar el servicio
Medicare y Medi-Cal juntos (D-SNP)Desde 2024, el DHCS también exige que los planes D-SNP de Medicare para personas con Medicare y Medi-Cal tengan programas de cuidados paliativosPregunte al plan
Medicare Advantage y seguros privadosLa mayoría de los planes cubre las visitas de cuidados paliativos como atención de especialista. Algunos tienen sus propios programas en el hogarSe aplican los copagos y las reglas de red de su plan

Vea cómo se paga la atención para comparar la cobertura del hospicio y de los cuidados paliativos.

¿Cómo empieza una referencia a cuidados paliativos?

  1. Paso 1

    Pregunte

    Usted, un familiar o cualquiera de sus médicos puede preguntar. Las familias pueden contactarnos. Los profesionales clínicos y los gestores de atención de los planes pueden usar la página de referencias a cuidados paliativos, que resume los criterios de la ley SB 1004.

  2. Paso 2

    Se verifica la cobertura con su plan

    Medicare Original necesita una orden médica para las visitas. La atención administrada de Medi-Cal y la mayoría de los demás planes deben autorizar los cuidados paliativos antes de que empiecen las visitas.

  3. Paso 3

    Primera visita

    Un profesional clínico de cuidados paliativos revisa su historial, sus medicamentos y sus síntomas, y le pregunta qué es lo más importante para usted. La familia es bienvenida.

  4. Paso 4

    Un plan, compartido con sus médicos

    Usted recibe un plan para los síntomas y los siguientes pasos. Sus médicos reciben las notas. El seguimiento depende de cómo se encuentre.

¿Cómo son las visitas de cuidados paliativos?

Una visita de cuidados paliativos en casa es una visita programada de un médico, una enfermera practicante o una enfermera, con trabajo social y apoyo espiritual cuando el programa los ofrece y usted los quiere. El profesional revisa los síntomas y los medicamentos, ajusta las dosis para el dolor, la falta de aire, las náuseas o el sueño, y ayuda a completar una directiva anticipada o un formulario POLST. Los cuidadores reciben un plan por escrito para cuando los síntomas se agravan y un número al que llamar entre visitas.

Las visitas son periódicas, no diarias. Los cuidados paliativos no ponen a un cuidador en la casa, no reemplazan a sus especialistas y no son un servicio de emergencias. En una emergencia, llame al 911.

¿Cuándo los cuidados paliativos pasan a ser hospicio?

Los cuidados paliativos pueden empezar con el diagnóstico y continúan junto con el tratamiento. El hospicio es para personas con una enfermedad grave cuando un médico certifica que la expectativa de vida es de seis meses o menos si la enfermedad sigue su curso habitual, y el tratamiento para curar la enfermedad se detiene. Muchas personas usan primero los cuidados paliativos y pasan al hospicio más adelante con menos trastornos, porque los objetivos ya están claros.

Las señales de que es momento de hablar con su médico están en ¿es el momento para el hospicio?; la comparación completa está en hospicio o cuidados paliativos. Elegir el hospicio es su decisión. Puede dejar el hospicio en cualquier momento y volver a la cobertura regular de Medicare. Tiene derecho a elegir su hospicio.

Preguntas frecuentes sobre los cuidados paliativos

¿Medi-Cal cubre los cuidados paliativos en California?

Sí, para los miembros de la atención administrada de Medi-Cal que cumplen los criterios del plan según la ley SB 1004 y la Carta a Todos los Planes (APL) 18-020 del DHCS: cáncer avanzado, insuficiencia cardíaca, EPOC o enfermedad del hígado, más criterios generales. En los condados de San Bernardino y Riverside, pregunte a IEHP o a Molina cómo pedir una referencia.

¿Se pueden recibir cuidados paliativos y seguir con el tratamiento?

Sí. Esa es la diferencia principal con el hospicio. La quimioterapia, la diálisis, los procedimientos cardíacos y otros tratamientos para la enfermedad continúan, y sus especialistas siguen a cargo. Los cuidados paliativos de Medi-Cal bajo la ley SB 1004 están diseñados para darse junto con el tratamiento.

¿Los cuidados paliativos significan que la persona se está muriendo?

No. Se basan en la necesidad, no en la expectativa de vida. Muchas personas los reciben durante años con una enfermedad de largo plazo; algunas dejan de necesitarlos cuando pasa una etapa dura del tratamiento. El hospicio es la forma de cuidados paliativos para los últimos meses de vida, y es una decisión aparte.

¿Cuánto tiempo se puede estar en cuidados paliativos?

No hay límite de tiempo. Continúan mientras ayuden y su cobertura lo permita. La Parte B de Medicare paga visita por visita; los planes de Medi-Cal reevalúan periódicamente.

¿Cuidados paliativos en casa o en el hospital? ¿Qué es mejor?

Hacen trabajos distintos. Los equipos del hospital ven a los pacientes durante una hospitalización y planifican el regreso a casa. La atención en el hogar sigue a la persona entre hospitalizaciones, que es donde ocurren la mayoría de los problemas de síntomas y las decisiones, y conviene a quienes tienen dificultad para desplazarse.

Sobre esta página

Escrito por
Equipo de atención de Beta Hospice
Última revisión
13 de octubre de 2026
Próxima revisión
13 de abril de 2027

Cómo escribimos y revisamos este sitio

Fuentes

Estas fuentes respaldan la información general de esta página. Para la atención y la cobertura de una persona en particular, hable con el equipo de hospicio.

No tiene que decidir a solas.

Llame al (877) 258-7129 a cualquier hora, o déjenos su número y alguien del equipo de hospicio de Beta le llamará. No hace falta haber decidido nada para llamar. La mayoría de las familias empiezan con una pregunta. Si prefiere que le devolvamos la llamada en español, deje su número en este formulario: su solicitud nos llega marcada en español.

Solo un médico de hospicio, junto con el médico de la persona, puede confirmar la elegibilidad para el hospicio. Un sitio web no puede.

  • Una enfermera atiende el teléfono las 24 horas, los 7 días de la semana
  • Puede dejar el hospicio en cualquier momento
  • Tiene derecho a elegir su hospicio

Si se trata de una emergencia, llame al 911.

Los campos marcados con un asterisco son obligatorios.

Por favor, no incluya detalles médicos aquí. Los preguntaremos por teléfono. Este formulario no inscribe a nadie en el hospicio. Elegir el hospicio siempre es decisión del paciente.

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