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Periodos de beneficio de hospicio, recertificación y la visita en persona

La cobertura de hospicio de Medicare se da por periodos de beneficio: dos periodos de 90 días y luego un número ilimitado de periodos de 60 días, mientras el paciente siga certificado como enfermo terminal (42 CFR 418.21). Cada periodo necesita su propia certificación y, desde el tercer periodo, un médico o una enfermera de práctica avanzada del hospicio debe ver al paciente en persona dentro de los 30 días anteriores al inicio del periodo (42 CFR 418.22). La calculadora de abajo convierte una fecha de elección en las fechas.

Revisión médica de Oscar Chien, MD, director médico, 19 de octubre de 2026

En esta página (8 secciones)
  1. Calculadora de periodos de beneficio
  2. ¿Cuáles son los periodos de beneficio del hospicio?
  3. ¿Cuándo vence la recertificación?
  4. ¿Qué es el requisito de la visita en persona, y quién puede hacerla?
  5. ¿Qué pasa con los periodos después de una revocación o un alta en vida?
  6. ¿Qué ve la familia?
  7. Preguntas frecuentes sobre los periodos de beneficio
  8. Guías relacionadas

Calculadora de periodos de beneficio

Ingrese el primer día de la elección. Si el paciente vuelve a elegir después de una revocación o un alta, elija qué periodo empieza con esta elección: un paciente que usó el primer periodo y revocó empieza el segundo; un paciente más allá del segundo periodo empieza un periodo posterior de 60 días. Las fechas se quedan en su navegador.

Las fechas cuentan el día de la elección como día 1. Los registros del propio hospicio y las reglas del MAC mandan; esto es una ayuda de planificación, no una determinación.

¿Cuáles son los periodos de beneficio del hospicio?

Un periodo inicial de 90 días, un periodo posterior de 90 días y luego un número ilimitado de periodos posteriores de 60 días (42 CFR 418.21). Los periodos corren de forma consecutiva mientras el paciente sigue en hospicio. Un paciente puede estar en hospicio mientras el médico siga certificando un pronóstico de seis meses; no hay un tope de por vida. Cuando un paciente revoca o recibe el alta, se pierden los días restantes de ese periodo, y una elección posterior empieza con el periodo siguiente.

¿Cuándo vence la recertificación?

Para el primer periodo, el director médico del hospicio o el médico miembro del grupo interdisciplinario y el médico tratante, si lo hay, certifican cada uno. Para cada periodo posterior, el médico del hospicio recertifica. La certificación escrita debe obtenerse dentro de los 2 días calendario posteriores al inicio del periodo; una certificación verbal dentro de esos 2 días es aceptable si la escrita llega antes de la reclamación (42 CFR 418.22(a)(3)). La certificación indica el pronóstico, los hallazgos clínicos que lo respaldan y, desde el tercer periodo, la atestación de la visita en persona. Las certificaciones pueden completarse hasta 15 días antes del inicio del periodo (418.22(a)(3)(i)).

¿Qué es el requisito de la visita en persona, y quién puede hacerla?

Antes de recertificar para el tercer periodo de beneficio y cada periodo posterior, un médico del hospicio o una enfermera de práctica avanzada del hospicio debe tener un encuentro en persona con el paciente para reunir hallazgos clínicos sobre el pronóstico. El encuentro debe ocurrir no más de 30 días calendario antes del inicio del periodo, y el médico que recertifica atestigua por escrito que ocurrió y cuándo y, si lo hizo una enfermera de práctica avanzada, que se usaron los hallazgos (42 CFR 418.22(a)(4)). Una excepción permite el encuentro dentro de los 2 días posteriores a la admisión cuando el paciente es admitido en un tercer periodo o posterior, y en algunos casos el paciente fallece antes de que pueda ocurrir.

¿Qué pasa con los periodos después de una revocación o un alta en vida?

El paciente pierde los días restantes del periodo actual. Una elección posterior retoma con el siguiente periodo en secuencia: después de revocar en el primer periodo, el segundo periodo de 90 días; después de eso, un periodo de 60 días, lo que significa que el requisito de la visita en persona aplica a la nueva elección. Lea la página para familias sobre dejar el hospicio y las reglas sobre el alta.

¿Qué ve la familia?

Las familias preguntan por cuánto tiempo pagará Medicare. La respuesta honesta es mientras el paciente siga siendo elegible, periodo por periodo. Se lo explicamos en palabras sencillas en ¿cuánto tiempo paga Medicare el hospicio?.

Preguntas frecuentes sobre los periodos de beneficio

¿Hay un límite en el número de periodos de 60 días?

No. Los periodos continúan mientras el paciente esté certificado como enfermo terminal. Las estancias largas atraen revisión, así que la narrativa de recertificación debe mostrar la base clínica cada vez.

¿Una transferencia a otro hospicio inicia un periodo nuevo?

No. Un cambio de hospicio designado (42 CFR 418.30) continúa el mismo periodo de beneficio sin interrupción. Solo una revocación o un alta termina un periodo antes de tiempo.

¿El encuentro en persona puede hacerse por telesalud?

Consulte la regla vigente de CMS y la guía del MAC antes de confiar en ello; la autorización ha cambiado con el tiempo. El texto del reglamento en 42 CFR 418.22 manda.

¿Quién firma la certificación de un paciente sin médico tratante?

El médico del hospicio certifica solo cuando el paciente no tiene médico tratante (42 CFR 418.22(c)).

Guías relacionadas

Las guías de elegibilidad, las escalas de elegibilidad, criterios de niveles de atención y cómo referir.

Sobre esta página

Escrito por
Equipo de atención de Beta Hospice
Última revisión
19 de octubre de 2026
Próxima revisión
19 de abril de 2027

Cómo escribimos y revisamos este sitio

Fuentes

Estas fuentes respaldan la información general de esta página. Para la atención y la cobertura de una persona en particular, hable con el equipo de hospicio.

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