Cuidados paliativos comunitarios y SB 1004 de Medi-Cal

Referencias a cuidados paliativos

Refiera a cuidados paliativos cuando un paciente con enfermedad grave tiene síntomas no controlados, uso repetido del hospital u objetivos de la atención poco claros, y no está listo para el hospicio o no es elegible. Los cuidados paliativos no requieren un pronóstico de seis meses y el paciente puede continuar con el tratamiento dirigido a la enfermedad. Para los afiliados a Medi-Cal de atención administrada, la SB 1004 fija criterios de elegibilidad específicos, resumidos abajo.

Revisado por nuestro director médico, 24 de septiembre de 2026

En esta página (7 secciones)
  1. Criterios generales de referencia a cuidados paliativos comunitarios
  2. ¿Cuidados paliativos u hospicio?
  3. SB 1004 de Medi-Cal: criterios generales de elegibilidad
  4. Criterios específicos por enfermedad de la SB 1004
  5. Qué incluyen los cuidados paliativos de la SB 1004
  6. Cuando los cuidados paliativos pasan a ser hospicio
  7. Tres maneras de referir

Criterios generales de referencia a cuidados paliativos comunitarios

No existe un único estándar nacional. Estos son detonantes frecuentes:

  • Una enfermedad grave y progresiva, como cáncer avanzado, insuficiencia cardíaca, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad hepática o renal, demencia o una enfermedad neurodegenerativa.
  • Dolor, disnea, náuseas, ansiedad u otros síntomas que siguen siendo difíciles de controlar.
  • Dos o más hospitalizaciones o visitas a urgencias por la enfermedad en los últimos meses.
  • Deterioro funcional o sobrecarga creciente del cuidador.
  • Ausencia de planificación anticipada de la atención en el expediente, o conflicto e incertidumbre sobre los objetivos de la atención.
  • No le sorprendería que el paciente falleciera en el próximo año.

¿Cuidados paliativos u hospicio?

Comparación entre una referencia a cuidados paliativos y una referencia a hospicio
Cuidados paliativosHospicio
PronósticoCualquier etapa de una enfermedad grave. La SB 1004 usa un marco de un añoSeis meses o menos si la enfermedad sigue su curso habitual, certificado por un médico
Tratamiento dirigido a la enfermedadContinúaSe suspende el tratamiento para curar la enfermedad terminal. El tratamiento de confort continúa
PagoVaría: Medi-Cal de atención administrada conforme a la SB 1004, Parte B de Medicare para las visitas de profesionales, programas específicos de cada planBeneficio de hospicio de Medicare, Medi-Cal, la mayoría de los planes privados
ServiciosConsulta, manejo de síntomas, planificación anticipada de la atención, coordinación de la atenciónEquipo interdisciplinario completo, medicamentos, equipos y suministros relacionados con la enfermedad terminal, cuatro niveles de atención, apoyo en el duelo

SB 1004 de Medi-Cal: criterios generales de elegibilidad

Según la All Plan Letter 18-020 del DHCS, un afiliado a Medi-Cal de atención administrada es elegible para cuidados paliativos cuando cumple todos los criterios generales y al menos un conjunto de criterios específicos por enfermedad. En resumen, los criterios generales son: es probable que el afiliado use, o ya ha empezado a usar, el hospital o el servicio de urgencias para manejar la enfermedad avanzada. El afiliado tiene una enfermedad avanzada con deterioro continuo documentado y no es elegible para el hospicio, o lo rechaza. Su fallecimiento dentro de un año no sería inesperado. El afiliado ha recibido la terapia médica apropiada y deseada, o dicha terapia ya no es eficaz, y no se encuentra en una descompensación aguda reversible. El afiliado y, cuando corresponda, la familia aceptan intentar el manejo de la enfermedad en el hogar o de forma ambulatoria antes de acudir a urgencias, y participar en la planificación anticipada de la atención.

Criterios específicos por enfermedad de la SB 1004

Criterios de elegibilidad específicos por enfermedad para los cuidados paliativos de Medi-Cal según la APL 18-020 del DHCS, resumidos
AfecciónCriterios en resumen
Insuficiencia cardíaca congestivaHospitalización con insuficiencia cardíaca como diagnóstico principal sin más intervenciones invasivas previstas, o clase III o superior de la NYHA. Y una fracción de eyección inferior al 30 por ciento en la insuficiencia sistólica, o comorbilidades significativas
Enfermedad pulmonar obstructiva crónicaFEV1 inferior al 35 por ciento del valor previsto con un requerimiento de oxígeno de 24 horas inferior a 3 litros por minuto, o un requerimiento de oxígeno de 24 horas de 3 litros por minuto o más
Cáncer avanzadoCáncer de órgano sólido en estadio III o IV, linfoma o leucemia. Y una puntuación en la escala de Karnofsky de 70 o menos, o fracaso de dos líneas de quimioterapia estándar
Enfermedad hepáticaEvidencia de daño hepático irreversible, albúmina sérica inferior a 3.0 e INR superior a 1.3, con ascitis, peritonitis bacteriana espontánea, encefalopatía hepática, síndrome hepatorrenal o várices esofágicas recurrentes. O evidencia de daño hepático irreversible con una puntuación MELD superior a 19

Estos criterios siguen la All Plan Letter 18-020 del DHCS, que el DHCS presenta como su política vigente de cuidados paliativos de Medi-Cal (reemplazó a la APL 17-015). Los planes pueden extender los cuidados paliativos a otras afecciones. Los criterios pediátricos son distintos y no se tratan aquí.

Qué incluyen los cuidados paliativos de la SB 1004

La política del DHCS describe estos servicios: planificación anticipada de la atención, evaluación y consulta de cuidados paliativos, un plan de atención, un equipo interdisciplinario de cuidados paliativos, coordinación de la atención, manejo del dolor y los síntomas, y servicios de salud mental y de trabajo social médico. Los planes también pueden autorizar servicios de capellán y otros apoyos. Quien autoriza el servicio es el plan, no el proveedor, así que la primera llamada suele ser al plan o al grupo médico del afiliado.

Cuando los cuidados paliativos pasan a ser hospicio

Los pacientes en cuidados paliativos a menudo llegan a un punto en que cumplen los criterios de hospicio. Cuando el pronóstico se acorta o el paciente decide suspender el tratamiento dirigido a la enfermedad, el equipo habla del hospicio con el paciente, la familia y el clínico que refiere. Vea las guías de elegibilidad. Las familias pueden leer hospicio o cuidados paliativos y cuidados paliativos.

Tres maneras de referir

Llame(909) 347-7000

Atendemos las 24 horas, los 7 días de la semana.

Fax(855) 563-3575

Hoja de datos, notas recientes, lista de medicamentos y una orden para evaluar.

En líneaFormulario de referencia

No hace falta incluir datos del paciente. Una enfermera le devuelve la llamada para pedirlos.

Nuestro compromiso de respuesta: Respuesta en menos de dos horas, las 24 horas del día, los 7 días de la semana

Los pacientes tienen derecho a elegir su proveedor de hospicio. Beta Hospice no ofrece nada de valor a cambio de referencias.

Sobre esta página

Escrito por
Equipo de atención de Beta Hospice
Revisión clínica de
nuestro director médico
Última revisión
24 de septiembre de 2026
Próxima revisión
24 de marzo de 2027

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Fuentes

Estas fuentes respaldan la información general de esta página. Para la atención y la cobertura de una persona en particular, hable con el equipo de hospicio.

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